El Registro Civil de Matrimonio es el documento público que establece la existencia legal de un matrimonio.Es por la anterior razón que todo matrimonio celebrado ante juez, notario o sacerdote católico, debe registrarse.

En Colombia el único matrimonio religioso que produce efectos civiles es el católico por cuanto así está acordado en el tratado llamado Concordato entre Colombia y el  Estado Vaticano.
Los matrimonios celebrados en el extranjero entre dos colombianos por nacimiento o un colombiano por nacimiento y un extranjero, también han de registrarse.
Requisitos: 
  • Registro Civil de Nacimiento de los contrayentes.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía de los contrayentes.
  • Fotocopia de la partida eclesiástica debidamente autenticada por la curia, cuando se trate de matrimonio católico.
  • Si el matrimonio se realiza ante juez, acta del matrimonio debidamente protocolizada mediante Escritura Pública.

Nota: Si el matrimonio es celebrado en el exterior se puede registrar en el consulado correspondiente o en cualquier Notaría o Registraduría.

Pasos del trámite: 

Acercarse a la Notaría.

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