¿Cuándo se hace necesario redactar una minuta o borrador firmado por un abogado?

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Es necesario que con ciertos documentos que deben ser otorgados por escritura pública se exija, en conformidad a la ley, la presentación de una minuta o borrador redactado por un abogado. Estos documentos pueden ser: partición de bienes, sociedades, escrituras constitutivas de personalidad jurídica, asociaciones de canalistas y cooperativas. Estas minutas pueden ser entregadas a la Notaría vía e-mail, fax, otros modos.

Los plazos de confección, son por lo general de 24 horas y la firma de los concurrentes no requiere ser simultánea. A tal efecto, estos deben concurrir a la Notaría en el horario de atención, donde serán atendidos por la jefa de Registro correspondiente.

Bienvenidos a la Notaría Quinta del Círculo de Barranquilla

Estaremos respondiendo a su solicitud lo más pronto posible.

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